Trámites

Qué hacer cuando fallece un familiar: los primeros 7 días

L Equipo lefune 7 ago 2026 10 min de lectura
Ilustración de un calendario con un día marcado, un reloj y unos papeles apilados
Contenido
  1. Las primeras horas: solo tres cosas son urgentes
  2. Día 1: revisar coberturas antes de contratar
  3. Días 1 y 2: elegir funeraria y organizar la velación
  4. Día 2: el registro civil de defunción
  5. Días 3 a 7: los trámites que siguen
  6. A quién avisar y en qué orden
  7. Cómo sostener a la familia esta semana
  8. Lo que NO hay que hacer esta semana
  9. Los errores que más cuestan esta semana
  10. Permisos laborales: la licencia por luto
  11. Preguntas frecuentes
  12. Solicitar un servicio funerario

Respuesta rápida. Lo primero es el certificado médico de defunción: sin él no se puede hacer nada más. Después viene el registro civil de defunción en notaría, que tiene dos días hábiles de plazo, y la contratación del servicio funerario. Antes de contratar conviene revisar si existe una cobertura que lo pague: un plan exequial, el auxilio funerario de pensión o un beneficio de tarjeta.

Las primeras horas tras un fallecimiento se van en decisiones que nadie tuvo tiempo de preparar, y en ese estado es fácil pagar de más o repetir trámites. Esta guía ordena qué hacer y cuándo, separando lo que es urgente de verdad de lo que puede esperar a que la familia respire.

Las primeras horas: solo tres cosas son urgentes

Casi todo parece inaplazable y casi nada lo es. En las primeras horas solo tres cosas tienen que ocurrir, y el resto puede esperar.

¿Qué se hace primero cuando alguien fallece?

Conseguir el certificado médico de defunción. Lo expide el médico o la institución donde ocurrió el fallecimiento, y es el documento del que dependen todos los demás: sin él no hay registro civil, no hay licencia y no se puede contratar el servicio.

¿Qué pasa si la persona falleció en casa?

Si había un médico tratante, él puede expedir el certificado. Si no lo había, hay que avisar a la policía o a Medicina Legal para que se establezca la causa de la muerte. Es un paso obligatorio y sin él no se puede avanzar.

¿Quién recoge el cuerpo?

La funeraria que se contrate. Si aún no hay decisión, el hospital o la clínica pueden conservarlo unas horas: eso da tiempo a revisar coberturas y comparar antes de aceptar la primera propuesta. Es el único punto donde conviene actuar rápido, no apresurado.

Día 1: revisar coberturas antes de contratar

Este es el paso que más dinero ahorra y el que más se salta. Muchas familias pagan un funeral que ya estaba cubierto porque nadie recordaba el plan.

¿Dónde busco si hay una cobertura?

Los planes exequiales casi nunca se contratan solos: viajan dentro de otro producto. Revisa en este orden el recibo de servicios públicos o del teléfono, la caja de compensación, los beneficios de la tarjeta de crédito, los descuentos de nómina de los últimos empleos y el fondo de pensión, que paga un auxilio funerario aparte de cualquier plan.

¿Por qué hay que revisarlo antes y no después?

Porque lo que cubre un plan exequial es un servicio, no reembolsa uno ya contratado. Si la familia firma con otra funeraria, la aseguradora suele responder que el amparo no se activó por el canal correcto. El auxilio de pensión sí funciona al revés: se reclama después, contra factura.

Antes de pagar

Puede que el funeral ya esté cubierto

Un plan exequial, un auxilio de pensión o un beneficio de tarjeta pueden cubrir buena parte. Verifícalo en cuatro preguntas, sin costo.

Verificar coberturas

Días 1 y 2: elegir funeraria y organizar la velación

Con las coberturas revisadas, la elección de funeraria es una decisión informada y no una reacción.

¿Quién elige la funeraria?

La familia, no el hospital ni la clínica. Pueden sugerir una, pero la decisión es tuya. Si hay un plan exequial vigente, la póliza puede definirla: consúltalo primero. La guía de cómo elegir funeraria detalla qué preguntar antes de firmar.

¿Qué pido por escrito antes de firmar?

Cuatro cosas: qué incluye el precio exacto, qué se cobra aparte, cuántas horas de sala están cubiertas y quién queda como responsable del contrato. Si algo no te lo ponen por escrito, ese es justamente el dato que conviene mirar. El directorio de funerarias en Bucaramanga tiene los datos de contacto verificados para pedir esa cotización.

¿Cuánto dura una velación?

Lo habitual es una noche, entre doce y veinticuatro horas. Pasarse del tiempo incluido tiene recargo por hora, así que conviene confirmarlo al contratar. Los horarios y salas se publican en los obituarios de las funerarias.

Día 2: el registro civil de defunción

Es el documento legal que acredita el fallecimiento y el que abre todos los trámites posteriores.

¿Cuánto tiempo hay para registrar la defunción?

Dos días hábiles. Pasado ese plazo sigue siendo posible, pero se convierte en un trámite extemporáneo que exige justificar la demora. El detalle completo está en la guía del registro civil de defunción.

¿Cuántas copias debo pedir?

Al menos cinco. Cada trámite posterior —pensión, bancos, sucesión, seguros— pide la suya, y volver a la notaría por más significa otra visita. Cuestan alrededor de diez mil pesos cada una.

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Días 3 a 7: los trámites que siguen

Con el registro en mano empieza la parte administrativa. No hay que hacerlo todo de golpe, pero sí conviene conocer los plazos.

¿Qué se reclama primero?

El auxilio funerario, porque se pide contra factura y la tienes recién emitida. Tanto el de pensión como el de la caja de compensación son acumulables entre sí.

¿Cuándo se solicita la pensión de sobrevivientes?

Cuanto antes, porque es el trámite más lento: el fondo tiene dos meses para responder desde que se radica la solicitud completa. Conviene llevar todos los documentos de una vez para no reiniciar el conteo.

¿Qué hago con las cuentas y los bienes?

Las cuentas bancarias se bloquean al notificar el fallecimiento y se liberan con la sucesión. Si hay bienes a nombre de la persona, la sucesión puede hacerse en notaría cuando todos los herederos son mayores y están de acuerdo.

A quién avisar y en qué orden

Avisar es de las tareas que más agotan, porque se repite la misma frase decenas de veces. Repartirla entre varias personas y seguir un orden ayuda a que nadie quede fuera.

¿A quién se avisa primero?

A la familia más cercana y a quienes deban tomar decisiones sobre el servicio. Después al círculo amplio, y por último al entorno laboral y social. Las funerarias publican el aviso en sus obituarios en línea, lo que evita tener que dar la información sala y horario una por una.

¿Cómo aviso al trabajo de la persona fallecida?

Con una llamada a recursos humanos basta para iniciar el proceso. Ellos indicarán qué documentos piden para liquidar prestaciones pendientes y si había seguro de vida colectivo, que es una cobertura que muchas familias desconocen.

¿Hay que avisar a las entidades de inmediato?

A los bancos y al fondo de pensión conviene avisar en la primera semana, porque de ahí salen trámites con plazos. A las demás —servicios públicos, suscripciones, telefonía— no hay prisa: pueden esperar a que la sucesión esté encaminada.

Cómo sostener a la familia esta semana

La organización consume tanta energía que el duelo suele posponerse. Estas son las decisiones prácticas que más ayudan en los primeros días.

¿Cómo reparto las tareas?

Asigna una sola persona por frente: alguien para trámites, alguien para avisos y alguien para logística de la casa. Cuando todos hacen de todo, las cosas se duplican o se caen.

¿Qué hago con los niños de la casa?

Explicarles lo ocurrido con palabras claras y sin eufemismos, y dejarles decidir si quieren asistir a la velación. Los rodeos generan más miedo que la verdad dicha con calma.

¿Es normal no sentir nada los primeros días?

Sí. En la primera semana muchas personas funcionan en modo práctico y el golpe llega después, cuando terminan los trámites y la casa se queda en silencio. No es frialdad: es cómo el cuerpo administra la carga.

Lo que NO hay que hacer esta semana

Tan importante como saber qué hacer es saber qué puede esperar. Estas decisiones se toman mejor con distancia:

  • Vender o repartir bienes. Hasta que no haya sucesión, cualquier reparto informal genera problemas después.
  • Cancelar servicios a la carrera. Algunos —seguros, planes— pueden tener beneficios pendientes de reclamar.
  • Vaciar la casa. No hay plazo legal y hacerlo en caliente suele lamentarse.
  • Tomar decisiones económicas grandes. Mudarse, invertir el dinero de un seguro o cambiar de trabajo puede esperar unos meses.

Los errores que más cuestan esta semana

Son cinco, y todos se cometen con las mejores intenciones. Conocerlos evita gastos y trámites repetidos.

¿Cuál es el error más caro?

Contratar el servicio sin revisar coberturas. Vale la pena saber qué cubre un plan exequial antes de firmar: cubre un servicio, no reembolsa uno ya contratado, así que quince minutos de revisión pueden ahorrar varios millones de pesos.

¿Qué pasa si la factura sale a nombre equivocado?

Que el auxilio funerario lo reclama quien figura en la factura. Si la paga un hijo pero sale a nombre de otro familiar, el trámite se complica. Confirma el nombre antes de que la emitan.

¿Por qué pedir pocas copias del registro es un problema?

Porque cada entidad se queda con la suya y volver a la notaría significa otra visita. Cinco copias cubren pensión, banco, seguros y sucesión sin tener que regresar.

¿Qué otros errores conviene evitar?

Firmar sin el precio cerrado por escrito, y dejar pasar los plazos: el registro civil tiene dos días hábiles y la verificación de coberturas conviene hacerla antes de contratar, no después.

Permisos laborales: la licencia por luto

La ley colombiana reconoce cinco días hábiles de licencia remunerada por el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil.

¿Quién cubre la licencia por luto?

El empleador, y es remunerada. Aplica para cónyuge o compañero permanente, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos y suegros. Se acredita con el registro civil de defunción dentro de los treinta días siguientes.

¿Aplica para contratistas por prestación de servicios?

La licencia por luto está prevista para trabajadores con contrato laboral. Quienes prestan servicios por contrato civil no la tienen por ley, aunque muchas entidades la conceden por política interna.

Preguntas frecuentes

¿Qué se hace primero cuando fallece un familiar?

Conseguir el certificado médico de defunción, que expide el médico o la institución donde ocurrió el fallecimiento. Sin ese documento no se puede hacer el registro civil, ni obtener la licencia, ni contratar el servicio funerario.

¿Cuántos días hay para registrar una defunción en Colombia?

Dos días hábiles desde el fallecimiento. Pasado ese plazo el registro sigue siendo posible, pero se convierte en un trámite extemporáneo que exige justificar la demora.

¿Cuántos días de licencia por luto da la ley?

Cinco días hábiles remunerados por el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil. Se acredita con el registro civil de defunción dentro de los treinta días siguientes.

¿Puedo reclamar el auxilio funerario si ya pagué el funeral?

Sí. El auxilio funerario de pensión se reclama después de pagar, presentando la factura a nombre de quien pagó. El de la caja de compensación funciona igual y es acumulable con el anterior.

¿Cuándo se bloquean las cuentas bancarias?

Al notificar el fallecimiento a la entidad. Se liberan con el proceso de sucesión, que puede hacerse en notaría si todos los herederos son mayores de edad y están de acuerdo en el reparto.

¿Qué documentos necesito para los trámites posteriores?

El registro civil de defunción es el documento base para todo: pensión de sobrevivientes, auxilio funerario, bancos, seguros y sucesión. Conviene pedir al menos cinco copias en la notaría.